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Informe Especial sobre la Inejecución de la Ley N° 26.160. Estamos finalizando la Semana dedicada a los Pueblos Indígenas, tiempo de valorización y visibilización de la riqueza cultural y sus luchas que compartimos en este gran territorio que es nuestro País.

Urge denunciar los graves atropellos que las Comunidades sufren en sus territorios, que están muy lejos de ser ¨aptos y suficientes¨ como lo dice la Constitución Nacional, Art. 75, inc.17. Catorce años, una ley y tres prórrogas. Una deuda histórica aun sin saldar. 1687 Comunidades Indígenas de las cuales 1035 no cuentan con Relevamiento territorial concluido.

La ley 26160 sancionada y promulgada en 2006 no solo establece la suspensión de los desalojos de comunidades indígenas sino el elevamiento para la delimitación de sus territorios, y tiene vigencia prorrogada hasta noviembre de este año.

Tanto la Constitución Nacional en su art. 75 inc. 17 como el Convenio 169 de la OIT obligan al Estado argentino a delimitar, demarcar y titular las tierras tradicionalmente ocupadas por las comunidades indígenas. Pero como muy bien explica Eduardo Hualpa, asesor jurídico de ENDEPA, la ley se ocupa de las dos primeras obligaciones, delimitar y demarcar, “y hasta el momento no existe normativa que garantice la titulación de las tierras una vez terminado el relevamiento”.

Concretar la propiedad comunitaria es una meta imprescindible de alcanzar. Incluso con la incorporación -en aquellos casos críticos que así lo ameriten- de nuevas metodologías como los Círculos de Diálogo a la manera ancestral, con la participación de las diferentes partes involucradas y siempre con el espíritu de resolver definitivamente la deuda histórica que el Estado y la sociedad tienen para con los pueblos indígenas.

En este marco presentamos el Informe Especial que formuló ENDEPA sobre la temática: ADVERTENCIA SOBRE LA INEJECUCIÓN DE LA LEY N° 26.160 Y SUS PRÓRROGAS.

Micro informativo:
Por ENDEPA Fecha: 27/04/2020
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